Condiciones generales de venta de productos de exportación de MÜPRO Services GmbH (Vendedor)
1. Ámbito de aplicación
Las presentes condiciones generales de venta de productos de exportación son de aplicación exclusiva.
La oferta, el reconocimiento del pedido y la aceptación del pedido de venta por parte del Vendedor de cualquiera de los productos contemplados en este documento se rigen por las condiciones que figuran en el mismo. Cualquier condición de compra por parte del Comprador que difiera de las presentes no formará parte del acuerdo a menos que sea aceptada por escrito por el Vendedor.
Estas condiciones regirán cualquier contrato individual de venta futuro entre el Vendedor y el Comprador, con exclusión de otras condiciones que tenga el Comprador.
Cualquier error tipográfico, administrativo o de otro tipo o cualquier omisión en cualquier documento de ventas, cotización, lista de precios, aceptación de oferta, factura u otro documento de información emitido por el Vendedor estará sujeto a su corrección sin ninguna responsabilidad por parte de este.
2. Aceptación de pedidos y especificaciones
Ningún pedido presentado por el Comprador se considerará aceptado por el Vendedor a menos que y hasta el momento en que quede confirmado por escrito por el mismo o por su representante dentro de los 10 días posteriores a su presentación.
La cantidad, la calidad y la descripción de los productos, así como cualquier especificación de los mismos, serán las establecidas en el presupuesto del Vendedor (si es aceptado por el Comprador) o en el pedido del Comprador (si es aceptado por el Vendedor). La documentación y los folletos pertenecientes a la oferta, como las ilustraciones, los dibujos y las descripciones de los artículos son sólo aproximaciones, en caso de que no se definan explícitamente como vinculantes. Los detalles en cuanto a peso y tamaño, así como aquellos relativos al equipamiento técnico, no son vinculantes. Los detalles relativos a la estabilidad del producto sólo pueden aceptarse como una orientación no vinculante que se habrá calculado a partir de las pruebas de carga estática que el Vendedor haya realizado.
El Vendedor se reserva todos los derechos de propiedad y de autor de todos los presupuestos, planos y demás documentación. El comprador tratará como estrictamente confidencial cualquier especificación, documento de ventas, oferta, estimación de costes, dibujos, etc. y no podrá ponerlos a disposición de terceros. Esto se aplica del mismo modo siempre que el Comprador presente dichos datos al Vendedor.
El Comprador será responsable ante el Vendedor de garantizar la exactitud de los plazos de cualquier pedido presentado por el Comprador, y de proporcionar al Vendedor cualquier información necesaria relativa a los productos en un plazo suficiente para que el Vendedor pueda ejecutar el contrato de acuerdo con sus plazos.
Si los productos deben fabricarse o si el Vendedor debe aplicar cualquier procedimiento a los productos de acuerdo con una especificación presentada por el Comprador, este indemnizará al Vendedor por cualquier pérdida, daño, coste y gasto ocasionado o en el que incurra el Vendedor en relación con lo que este último haya pagado o hubiera acordado pagar en la resolución de cualquier reclamación por infracción de cualquier patente, derecho de autor, diseño, marca comercial u otros derechos industriales o intelectuales de cualquier otra persona que se derive del uso por parte del Vendedor de las especificaciones del Comprador.
El Vendedor se reserva el derecho a realizar cualquier cambio en las especificaciones de los productos que sea necesario para cumplir con cualquier requisito legal aplicable o, cuando los productos deban ser suministrados según las especificaciones del Vendedor, cualquier cambio que no afecte materialmente a su calidad de funcionamiento.
El Vendedor no será responsable, en ningún caso, de la conformidad de los productos con las normas y reglamentos locales que puedan aplicarse en el país del Comprador.
3. Precio de los productos
El precio de los productos será el precio presupuestado por el Vendedor o, en caso de que no se haya presupuestado, el precio que figure en la lista de precios publicada por el Vendedor y que esté vigente en la fecha de aceptación del pedido. Cuando los productos se suministren para su exportación desde Alemania, se aplicará la lista de precios publicada en el catálogo del Vendedor.
El Vendedor se reserva el derecho, mediante notificación al Comprador en cualquier momento previo a la entrega, a aumentar el precio de los productos para reflejar el aumento del coste que suponga para el mismo cualquier factor que escape a su control (como fluctuaciones de divisas, regulaciones monetarias,
alteraciones de los aranceles, aumentos significativos en los costes de los materiales u otros costes de fabricación) o cualquier cambio en las fechas de entrega.
Salvo que se indique lo contrario en las condiciones de cualquier presupuesto o en cualquier lista de precios del Vendedor, y a menos que el Comprador y el Vendedor acuerden por escrito lo contrario, el Vendedor establece todos los precios sobre la base ex works (INCOTERMS 2000), y cuando se acuerde la entrega de los productos en un lugar ajeno a las instalaciones del Vendedor, el Comprador será responsable de pagar los cargos por transporte, embalaje y seguro del Vendedor.
El precio no incluye el impuesto sobre el valor añadido aplicable, que el Comprador deberá abonar también al Vendedor.
4. Condiciones de pago
El Comprador pagará el precio de los productos por adelantado o según las condiciones de pago acordadas. Los pagos en la tienda electrónica se realizarán según las condiciones de pago disponibles y especificadas.
El pago se efectuará únicamente mediante transferencia bancaria; ningún cheque o letra de cambio se considerará como cumplimiento de la obligación de pago.
Las partes pueden acordar que el Comprador tenga que entregar una carta de crédito emitida por su banco (o por cualquier banco que el Vendedor considere aceptable). En este caso concreto, se supone que cualquier carta de crédito se emitirá de acuerdo con las Reglas y Usos Uniformes relativos a los Créditos Documentarios, Revisión 2007, Publicación CCI Nº. 600.
Si el Comprador no realiza ningún pago en la fecha de vencimiento, entonces, sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso del que disponga el Vendedor, éste último tendrá derecho, a su elección:
- a rescindir el acuerdo después de que el Vendedor haya fijado un plazo adicional de duración razonable para el pago y como consecuencia de que el Comprador no haya efectuado el pago dentro del plazo adicional, o a suspenderle cualquier otra entrega; y/o
- a cobrar al Comprador un interés sobre el importe impagado, con una tasa del 8 % anual por encima de la tasa de referencia del Banco Central Europeo a partir de ese momento, hasta que se efectúe el pago íntegro.
El Comprador sólo tendrá derecho a retener los pagos o a compensarlos en caso de que sus contrademandas sean indiscutibles o hayan sido declaradas firmes.
5. Entrega
La entrega de los productos se realizará cuando el Comprador los recoja en las instalaciones del Vendedor en cualquier momento después de que este último haya notificado que los productos están listos para ser recogidos o, si el Vendedor acuerda otro lugar de entrega, los entregará en dicho lugar.
Si, por cualquier motivo, el Vendedor no realiza la entrega dentro del plazo fijado para la misma, el Comprador tendrá derecho a fijar por escrito un nuevo plazo que deberá ser razonable y, una vez transcurrido dicho nuevo plazo, el Comprador tendrá derecho a rescindir el acuerdo. El comprador también podrá recuperar del Vendedor cualquier pérdida que haya sufrido a causa de este incumplimiento. El Comprador sólo podrá reclamar daños y perjuicios si el Vendedor, con intención o por negligencia grave, no ha cumplido el acuerdo. No obstante, el Vendedor será responsable del incumplimiento de cualquier obligación que se considere esencial para la ejecución del acuerdo.
Si el Comprador no acepta la entrega en la fecha prevista, deberá, de cualquier modo, efectuar cualquier pago condicionado a la entrega como si los productos hubieran sido entregados. El Vendedor se encargará del almacenamiento de los productos por cuenta y riesgo del Comprador.
El Vendedor no está obligado a entregar los productos (cumplimiento del contrato), si la legislación nacional o internacional, en particular las normas de control de las exportaciones, los embargos u otras sanciones impuestas, impiden dicha entrega. Lo mismo se aplica, en caso de que no se emita un permiso necesario para la entrega. En estos casos, el contrato se considera no celebrado en la medida en que no obliga al Vendedor a entregar los productos.
6. Otras condiciones de entrega
Los costes de las entregas exprés corren a cargo del Comprador.
Cualquier embalaje especial se facturará a precio de coste. Al poner en marcha la producción especial y los artículos no almacenables hay que tener en cuenta que pueden producirse divergencias condicionales de producción de más o menos 10, lo que debe dar lugar a un ajuste del contrato por parte del Vendedor. Los productos en existencias se entregarán siempre en su embalaje original.
Las entregas parciales acordadas de manera excepcional se facturarán con un recargo del 30 %, aunque siempre partiendo de un mínimo de 8,00 euros. El Vendedor está autorizado a realizar entregas parciales. Cuando la entrega de los productos deba ser realizada en gran volumen, el Vendedor se reserva el derecho de entregar hasta un 3 % más o un 3 % menos de la cantidad pedida sin que se produzca ningún ajuste en el precio, y la cantidad así entregada se considerará como la cantidad pedida.
7. Transferencia de riesgos
El riesgo de daño o pérdida de los productos se transmitirá al Comprador de la siguiente manera;
- en el caso de productos que deban ser entregados fuera de las instalaciones del Vendedor, cuando se efectúe la entrega o, si el Comprador no consiguiera recepcionar los productos por error, cuando el Vendedor haya ofrecido la entrega de los mismos;
- en el caso de productos que deban entregarse en las instalaciones del Vendedor ("ex works", Incoterms 2000), cuando se realice la entrega o, si no lo hiciera a su debido tiempo, desde el momento en que los productos se pongan a su disposición e incurra en un incumplimiento del contrato al no conseguir recepcionar la entrega.
8. Reserva de dominio
Sin perjuicio de la entrega y de la transmisión del riesgo de los productos, o de cualquier otra disposición de estas condiciones, la propiedad de los productos no pasará al Comprador hasta que el Vendedor haya recibido el pago completo del precio de los mismos y del resto de productos que el Vendedor hubiera acordado vender al Comprador, y cuyo pago sea debido en ese momento.
El Vendedor tendrá autoridad absoluta para retomar, vender, negociar o disponer de cualquier otra manera de la totalidad o parte de los productos cuya titularidad siga correspondiéndole.
Hasta el momento en que la propiedad de los productos se transmita al Comprador, este los conservará como agente fiduciario del Vendedor y los mantendrá debidamente almacenados, protegidos y asegurados.
Hasta ese momento, el Comprador tendrá derecho a revender o utilizar los productos en el desarrollo normal de su negocio, pero deberá dar cuenta al Vendedor de las ganancias por ventas o por otro tipo de los productos, incluyendo los ingresos de seguro. Asimismo, deberá mantener dichas ganancias separadas de cualquier cantidad o propiedad del Comprador y de terceros.
Si los productos son procesados o modificados por el Comprador y si el procesamiento se realiza con productos de los que el Vendedor no tiene propiedad, este se convertirá en copropietario de los mismos. Lo mismo se aplicará si los productos del Vendedor se modificaran por completo y se mezclaran con otros.
En caso de que terceros tomen medidas para disponer de los productos de otra manera, el Comprador deberá notificarlo inmediatamente al Vendedor. Si el Comprador no lo hace a tiempo, será responsable de los daños causados.
El Vendedor liberará, a petición del Comprador, cualquier parte de la garantía, si el valor de la garantía a favor del Vendedor supera el valor de los créditos garantizados en un 150 %. El Vendedor será quien decida liberar aquellas partes de la garantía que le convengan.
9. Inspección y aviso
El Comprador deberá examinar los productos sin demora después de la entrega y, al hacerlo, comprobar cada entrega en todos sus aspectos.
Los defectos evidentes deberán notificarse al Vendedor por escrito en un plazo de ocho días a partir de la fecha de entrega. Una vez transcurrido dicho plazo, la entrega se considerará tanto inspeccionada como aceptada. Los defectos que no puedan detectarse ni siquiera tras un examen exhaustivo de los productos deberán notificarse inmediatamente por escrito, a más tardar ocho días después de haberse detectado el defecto.
Una vez transcurrido un año desde la fecha de entrega de los productos, el Comprador no podrá hacer ninguna otra reclamación por defectos.
10. Garantías y exclusión de responsabilidad
El Vendedor garantiza que todos los productos entregados en virtud del presente acuerdo estarán libres de defectos de material y mano de obra, se ajustarán a las especificaciones aplicables y, en la medida en que los diseños detallados no hayan sido proporcionados por el Comprador, estarán libres de defectos de diseño.
A menos que se acuerde lo contrario, el Vendedor no será responsable de que los productos sean aptos para un fin determinado que el Comprador tenga intención de conseguir con ellos.
El Vendedor ofrece la garantía anterior conforme a las siguientes condiciones:
- el Vendedor no será responsable de ningún defecto en los productos que se derive de cualquier diseño o especificación suministrada por el Comprador;
- el Vendedor no será responsable conforme a la garantía anterior en caso de que el precio total de los productos no haya sido abonado en la fecha de vencimiento del pago;
- la garantía anterior no se extiende a las piezas, materiales o equipos fabricados por el Comprador o en su nombre, a menos que el fabricante haya otorgado dicha garantía al Vendedor.
Esta garantía no cubre los defectos o daños de los productos que se deban a una instalación o mantenimiento inadecuados, a un uso incorrecto, a una negligencia o a cualquier otra causa que no sea la aplicación comercial normal.
Todas las piezas que resulten defectuosas como consecuencia de una circunstancia anterior a la transferencia del riesgo serán, a elección del Vendedor, reparadas o sustituidas gratuitamente.
Una vez notificado el defecto al Vendedor, el Comprador está obligado a conceder el tiempo y la oportunidad necesarios para que el Vendedor lleve a cabo la reparación o la sustitución. De lo contrario, el Vendedor quedará exento de cualquier responsabilidad por dichas consecuencias.
En la medida en que la reclamación resulte justificada, el Vendedor asumirá los costes de las piezas de reparación, incluido el envío.
En caso de que el Vendedor no pueda subsanar un defecto material dentro de un plazo razonable fijado para la reparación o sustitución, o si el Vendedor no puede subsanar el defecto material después de haberlo intentado dos veces sin éxito, el Comprador tendrá derecho a rescindir el contrato. En caso de un defecto menor, el comprador sólo tendrá derecho a una reducción del precio de compra.
El Vendedor sólo será responsable de los daños y perjuicios y solo para aquellos que no hayan sido causados al producto en sí mismo en caso de
- mala fe,
- negligencia grave, incluida la negligencia grave de los representantes legales o empleados,
- lesiones, pérdida de la vida o daños a la salud causados por negligencia.
En caso de incumplimiento negligente de los deberes contractuales esenciales, el Vendedor también será responsable por negligencia simple, incluida la de los representantes legales o empleados.
Quedan excluidas otras reclamaciones por daños y perjuicios.
11. Fuerza mayor
El Vendedor no será responsable del incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones si este se debe a un impedimento ajeno a su voluntad y que no se podía haber tenido en cuenta, dentro de lo razonable, en el momento de la celebración del acuerdo.
12. Cumplimiento de la normativa de control de las exportaciones
El Comprador asegurará y garantizará que se cumplan las leyes nacionales o internacionales aplicables, todas las órdenes judiciales o reglamentarias aplicables, incluidas las resoluciones de la ONU, los embargos, los reglamentos aduaneros, las listas de sanciones de la UE/EE. UU. o estatales, u otros reglamentos pertinentes relativos al control de la exportación, la transferencia, el comercio o el tránsito de bienes de doble uso (en lo sucesivo, "Reglamentos de control de la exportación") si el Comprador vende y/o envía los Productos entregados por el Vendedor.
El Comprador se asegurará, mediante comprobaciones periódicas al azar y otras medidas razonables, de que (1) no se infrinjan las normas de control de las exportaciones aplicables, teniendo en cuenta también las restricciones relativas a la actividad comercial nacional y las prohibiciones pertinentes de elusión; (2) los productos del Vendedor no se destinen a un uso relacionado con el armamento, la tecnología nuclear o las armas, siempre y cuando dicho uso esté sujeto a prohibición o autorización, a menos que se hayan recibido las autorizaciones necesarias; y que (3) se tengan en cuenta todas las listas de sanciones pertinentes relacionadas con el comercio con las entidades, personas y organizaciones que figuran en ellas.
Cuando se requiera para la realización de inspecciones de control de las exportaciones por parte de las autoridades o del Vendedor, el Comprador proporcionará inmediatamente a este toda la información relativa al cliente final, el destino final y el uso previsto de los productos que le proporcione, así como cualquier restricción de control de las exportaciones existente.
El Comprador indemnizará y mantendrá exento al Vendedor de cualquier reclamación, procedimiento, acción, multa, pérdida, coste y daños que surjan o estén relacionados con cualquier incumplimiento de la normativa de control de las exportaciones por parte del Comprador, por lo que este deberá compensar al Vendedor por todas las pérdidas y gastos resultantes.
13. Cláusulas diversas
El Vendedor se reserva el derecho de mejorar o modificar cualquiera de los productos sin previo aviso, siempre que dicha mejora o modificación no afecte a la forma y función del producto.
El presente acuerdo sustituye e invalida el resto de compromisos y garantías relacionados con este tema, que pudieran haber acordado las partes de forma oral o por escrito, antes de la fecha del mismo, y quedarán anulados a partir de la fecha de la firma del acuerdo.
El presente acuerdo no podrá ser cedido o transferido por ninguna de las partes salvo que cuente con el consentimiento escrito de la otra.
Cada parte será responsable de todos los costes y gastos legales o de otro tipo en los que se incurra para cumplir con la obligación establecida en el presente documento.
14. Protección de datos
El Vendedor guarda y procesa los datos personales del Comprador necesarios para la transacción comercial. El Vendedor se reserva el derecho a que estos datos sean procesados y almacenados por terceros en el marco de una relación contractual.
15. Validez
Si alguna de las estipulaciones de las presentes condiciones generales de venta de productos fuera inválida o llegara a serlo, ello no afectará a la validez del resto de estipulaciones. En ese caso, las partes acordarán una estipulación sustitutiva que se acerque lo máximo posible al sentido y a la finalidad comercial de la estipulación inválida.
16. Legislación aplicable; lugar de jurisdicción; lugar de ejecución
El presente acuerdo se regirá e interpretará de conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías y, en lo que respecta a las cuestiones restantes, con la legislación alemana, por lo que cada una de las partes acepta someterse a la jurisdicción de los tribunales competentes para el Vendedor. En este caso, serían los tribunales de Fráncfort del Meno.
El Vendedor tendrá derecho a presentar una reclamación ante un tribunal del lugar donde se encuentre el domicilio social del Comprador o, a su discreción, ante cualquier otro tribunal que sea competente según cualquier ley nacional o internacional.
El lugar de ejecución de todas las obligaciones derivadas de este acuerdo será el domicilio social del Vendedor.
Revisión: 10/2018